miércoles, 23 de junio de 2010

CONTRATO QUE FIRMABAN LAS MAESTRAS CON EL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN en el año 1923 en nuestro país.




CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN CONTRATO DE MAESTRAS

AÑO 1923

'Este es un acuerdo entre la señorita.............maestra, y el Consejo de
Educación y de la Escuela por el cual la señorita
.................................acuerda impartir clases por un periodo de
ocho meses a partir del......................de 1923.

La señorita acuerda:

1* - No casarse. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin
efecto si la maestra se casa
2* - No andar en compañía de hombres.
3* - Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la
mañana, a menos que sea para atender una funcion escolar.
4* - No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad.
5* - No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del
presidente del Consejo de Delegados.
6* - No fumar cigarrillos. Este contrato quedara automáticamente anulado
y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7* - No beber cerveza, vino ni otras bebidas espirituosas. Este contrato
quedara automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra
bebiendo....
8* - No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre excepto su
hermano o su padre.
9* - No vestir ropas de colores brillantes.
10* - No teñirse el pelo.
11* - Usar al menos dos enaguas
12* - No usar vestidos que queden a más de cinco centímetros por encima
de los tobillos.
13* - Mantener limpia el aula.:
a) Barrer el suelo del aula al menos una vez al dia.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua
cliente y
jabón.
c) Encender el fuego a las siete, de modo que la habitación esté caliente
a las ocho cuando lleguen los niños..
d) Limpiar la pizarra una vez al dia.
l4* - No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.

Fuente: 'La Revista del Consejo Nacional de la Mujer' Año 4, Nro. 12. marzo
1999. Buenos Aires.

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